Civil
El índice lo pone la sentencia, no la ley
Actualización de la pensión de alimentos por el IPC
Una sentencia de divorcio manda actualizar la pensión cada año conforme al IPC, y cinco años después nadie sabe cuánto toca pagar: el cálculo es acumulativo y se arrastra el error. Es una cuenta que hoy se hace a mano y se hace mal.
Qué calcula
La pensión mensual actualizada a día de hoy, encadenando las actualizaciones año a año sobre la pensión ya actualizada, y la diferencia acumulada frente a lo que se viene pagando, mensualidad por mensualidad.
Cada paso va con el mes de índice inicial y final, el índice de los dos con sus tres decimales, la variación resultante y la pensión de la que se parte y a la que se llega. El porcentaje que se enseña es para leerlo, no para calcular con él.
Los índices son la serie del índice general nacional que publica el Instituto Nacional de Estadística, descargada de su servicio web, y el resultado dice qué serie se ha usado, con qué base, cuándo se publicó su último dato y el día en que se descargó.
Aquí no hay un artículo que diga «se actualiza con el IPC». Lo que el Código Civil manda es que el convenio contenga sus bases de actualización y que la pensión se acomode a las necesidades de cada momento; cuál es el índice y desde cuándo se aplica lo dice el título.
De qué artículos sale
Base legal declarada en el catálogo
- art. 93 CC (contribución a los alimentos de los hijos)
- arts. 146 a 152 CC (cuantía y modificación de los alimentos)
- Índice de Precios de Consumo del Instituto Nacional de Estadística
Qué pide y qué devuelve
Qué pide
- La fecha de la sentencia o del convenio que fija la pensión, de la que salen los aniversarios.
- La pensión mensual que fija la resolución.
- Cuándo surte efecto cada actualización: el 1 de enero o en el aniversario de la resolución. Lo dice el fallo.
- Qué pasa si el índice baja en un año: si la pensión baja con él o se mantiene. No hay valor por omisión.
- Qué mes de índice se toma, o que se enseñen las dos lecturas.
- Hasta cuándo se liquida, y lo que se viene pagando cada mes.
Qué devuelve
- La pensión mensual actualizada, cuando hay una sola lectura.
- Las dos lecturas con sus dos pensiones y sus dos atrasos, cuando no se ha dicho qué mes de índice toma la resolución.
- Los atrasos por tramos, con el total y con la raya informativa de los cinco años.
- La actualización año a año, paso por paso.
- Los convenios de cálculo que no salen de ningún artículo, y lo que hay que comprobar aparte.
- Los índices utilizados, con su fuente y el día en que se descargaron.
Lo que todas las calculadoras tienen en común
Pruébalo con un caso tuyo
Los 15 días de prueba no piden tarjeta. Y si ya tienes cuenta, esto está dentro de la aplicación, no hay nada que activar.
Sin tarjeta · Darse de alta y entrar se hace dentro de la aplicación.